El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) ha emitido una medida drástica en vísperas de la Semana Santa 2024 con el objetivo de reducir el riesgo de accidentes de tránsito en todo el territorio nacional. A partir del Jueves Santo, 28 de marzo de 2024, a las 06:00 de la mañana, hasta el lunes 01 de abril, a las cinco de la mañana, queda prohibida la circulación de transporte de cargas.

Esta medida, comunicada por la entidad reguladora del transporte, abarca todo tipo de vehículos pesados, incluidos aquellos con permisos otorgados para la Zona de Acceso Restringido (ZAR). Sin embargo, se han establecido algunas excepciones para garantizar servicios esenciales durante este período.

Los vehículos exceptuados de la restricción son las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias, así como aquellos dedicados a servicios vitales como abastecimiento de agua, electricidad, cable, telefonía, entre otros. Se ha dejado claro que no se otorgarán permisos para cargas especiales como camiones con doble cola o remolque, sobredimensionados o con sobrepeso, salvo en casos específicos de transporte de productos esenciales.

Para obtener los permisos necesarios, los interesados pueden hacerlo a través del sitio web oficial del Intrant, donde además podrán realizar el pago en línea y recibir el permiso oficial con un código QR para su respectiva fiscalización.

Esta disposición se enmarca en el cumplimiento de la Ley 63-17 y forma parte de las acciones del Plan de Movilidad Segura durante la Semana Santa. Aquellos que incumplan esta medida podrán enfrentar sanciones equivalentes a un salario mínimo.

Para garantizar el cumplimiento de esta normativa, tanto la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) como la Dirección de Supervisión y Control de Sanciones del Intrant, llevarán a cabo la supervisión y fiscalización correspondiente.

Con esta medida, el Intrant busca prevenir accidentes de tránsito durante la temporada de Semana Santa, exhortando además a los conductores de vehículos de carga a respetar las normas de velocidad y mantenimiento del carril establecidas por la ley y el reglamento vigente.

 

 

 

 

 

 

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