La jueza del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Altagracia Ramírez, emitió autos de no ha lugar a favor del excandidato presidencial Gonzalo Castillo y otros cuatro imputados en el caso Calamar, al considerar que las pruebas presentadas por el Ministerio Público no fueron suficientes para sustentar las acusaciones formuladas en su contra.

Al analizar el expediente contra Gonzalo Castillo, la magistrada concluyó que el órgano acusador no logró demostrar que los fondos y donaciones recibidos durante su campaña presidencial de 2020 provinieran de actividades ilícitas ni que estuvieran relacionados con los hechos de corrupción investigados. La jueza sostuvo que, en su condición de candidato presidencial, Castillo podía recibir aportes de origen lícito para financiar actividades políticas.

En cuanto al exministro administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta, el tribunal determinó que no fueron presentadas evidencias que probaran que gestionó o recibió recursos ilícitos mediante el inmueble conocido como “La Casita”, señalado por el Ministerio Público como un supuesto centro de operaciones de la estructura investigada. Según la decisión, las pruebas indican que Peralta únicamente figuraba como fiador solidario de la propiedad.

La magistrada también favoreció con un no ha lugar a Daniel Alberto Guerrero, hijo del exministro de Hacienda Donald Guerrero, al considerar que no se identificó una actuación concreta, personal y directa que lo vinculara con los hechos investigados. Asimismo, precisó que su condición de accionista en empresas bajo investigación y su parentesco con otro imputado no constituyen pruebas suficientes para establecer responsabilidad penal.

Respecto a la notaria Rosa Arias Ruiz, la jueza concluyó que la única actuación comprobada fue la legalización de dos contratos de cesión de crédito en los que participó su hijo, Omar Manuel Arias. No obstante, indicó que dicha conducta podría constituir una falta disciplinaria dentro del ámbito del ejercicio notarial, pero no un delito penal.

En el caso de Marcial Reyes, la decisión establece que las pruebas incorporadas al proceso demostraron que tenía derecho legítimo a recibir fondos derivados de expropiaciones de terrenos investigadas, debido a que formaba parte de una sucesión familiar propietaria de los inmuebles involucrados.

Tras conocerse la decisión, se informó que el Ministerio Público apelará el fallo, por lo que el proceso continuará en instancias superiores mientras se revisan los argumentos presentados por ambas partes.