El presidente Luis Abinader emitió este viernes el Decreto 330-26, mediante el cual modifica el artículo 21 del Reglamento de Licencias de Conducir para actualizar los períodos de vigencia de las licencias en la República Dominicana. La medida busca fortalecer la seguridad vial y ampliar el tiempo de renovación para conductores mayores de 65 años.
La disposición establece que las licencias correspondientes a las categorías 01, 02 y 05 tendrán una vigencia de cuatro años hasta que el conductor cumpla los 75 años de edad. A partir de esa edad, la renovación deberá realizarse cada dos años. En el caso de las categorías 03 y 04, la vigencia será de tres años hasta los 75 años y posteriormente deberán renovarse anualmente.
El decreto también contempla que el período de vigencia podrá reducirse si durante el proceso de emisión o renovación se detecta alguna enfermedad o condición médica que pueda afectar la capacidad de conducir de manera segura. Además, se mantendrán las evaluaciones periódicas para verificar las condiciones físicas y mentales de los conductores.
La normativa reafirma que ningún ciudadano podrá circular con una licencia vencida y advierte que, en caso de incumplimiento, las autoridades remitirán el caso al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), conforme a lo establecido en la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Finalmente, el decreto instruye al Intrant a adoptar las medidas administrativas necesarias para garantizar la correcta implementación de las nuevas disposiciones reglamentarias en todo el territorio nacional.