Tras el revuelo generado en las redes sociales, luego de que la pareja sentimental del artista urbano, “Dilon Baby”, colgara un video hablando sobre de su supuesto embarazó, el cual en el audiovisual, dice que lo “abortara”, porque esta alega, de no traer un bebe al mundo a “pasar trabajo”.

El video, luego de ser publicado, causo un gran impacto y mucho ruido por los seguidores de la pareja y muchos comentarios negativos; sin embargo, momentos después, salen nuevamente afirmando de que todo era mentira y que simplemente era un “experimento social”.

Tras dicha situación, varios medios de comunicación y especialistas en psicología, abordaron el tema, como lo fue en el programa de la Z Digital, el cual manifestaron que estos tipos de situaciones no se deben permitir, con el fin de monetizar y más si son para transmitir mensajes anti-valores a la sociedad.

 

Penalidad en RD por prácticas de aborto

Un aborto es la terminación de un embarazo, ya sea por espontaneidad o por decisión propia. Es la muerte y expulsión del feto antes de los cinco meses de embarazo. Después de esta fecha, y hasta las 28 semanas de embarazo, se llama parto inmaduro y parto prematuro si tiene más de 28 semanas. Se dice que hay aborto completo cuando se expulsa con el feto la placenta y las membranas.

El Código Penal de abortar en la República Dominicana, prevé penas de hasta dos años de prisión para las mujeres y niñas que induzcan abortos, y de hasta 20 años para los profesionales médicos que los practiquen. Aunque no es habitual que se procesen penalmente casos de aborto, las sanciones penales instalan un temor extendido y un estigma pernicioso.

 

 

 

 

 

 

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