En La Cosa Como Es, Edith Febles se pregunta: ¿A quién le convendría que el Ministerio Público se desmorone?

Señala que hace alrededor de cinco meses un conjunto de abogados depositaron una denuncia ante Juan Medina, Inspector General del MP.

Destaca que la denuncia querella era en contra de un fiscal invasor de Santo Domingo Oeste.

En cambio, la Procuradora General, Miriam Germań a cuatro meses de la denuncia, no la conocía.

Debido a que el Inspector General, Juan Medina de los Santos, no la habría entregado y “la engavetó”.

Como resultado de esta y otras acusaciones contra Santos, Miriam Germán mandó a Yenni Berenice un comunicado.

En el cual se solicitaban las informaciones de dicha persona, la cual fue rechazada por Berenice.

Como resultado se da conflicto entre Yeni Berenice y Miriam Germán, por la destitución del Inspector General del Ministerio Público

Ciertamente, la ley establece que el acusado tenga acceso a la investigación que se realice contra su persona.

Destitución Juan Medina 

La tarde de este lunes fue confirmada por parte de la procuradora general Miriam Germán Brito la destitución del procurador adjunto Juan Medina de los Santos.

Según las declaraciones de Brito, que determinaron la destitución por las acusaciones de sus funciones.

Esto por el Consejo Superior del Ministerio Público durante la reunión del pasado viernes y con el voto disidente de una consejera.

Sin embargo, se desconoce las razones de su destitución.

Se recuerda que Juan Medina tomó posesión el 9 de octubre de 2020.

Esto tras ser designado por el Consejo como inspector general del Ministerio Público, cuya función en el cargo era la de encabezar las investigaciones disciplinarias.

Así como de oficio o por denuncia, las faltas atribuidas a miembros del Ministerio Público.

Además, de presentar las acusaciones cuando corresponda.

En tanto, la magistrada Germán Brito indicó que en esta semana el organismo colegiado se reunirá.

Debido a que se debe conocer la propuesta de quien sustituirá en las labores de inspector general.

Cumpliéndose así la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11.

De acuerdo a la referida ley, el titular debe ser designado entre los procuradores adjuntos de la persona que encabece la Procuraduría General de la República.

De igual manera,permanecerá en el cargo por dos años, aunque su mandato puede ser renovado para un segundo período consecutivo.