En Tu Mañana By Cachicha nos acompaña como cada martes Alcides Novas quien nos explica cómo ser beneficiado por el decreto 31-22 para ser proveedor del estado.
Esta disposición busca contribuir al desarrollo económico del país y a la generación de empleos.
Siempre que en el mercado existan Mipymes industriales que demuestren tener capacidad para suministrarlos.
Con este decreto se deroga el 86-20, del 21 de febrero de 2020, que instruye a las instituciones a cargo de la ejecución de programas.
Los cuales están destinados al alivio de la pobreza, alimentación, nutrición escolar, protección de mujeres, discapacitados, niños y adolescentes.
Especialmente en áreas rurales deprimidas y en la zona fronteriza.
Para que los procesos de compras que realicen, a fin de adquirir bienes producidos en el territorio dominicano y relacionados a su objeto, sean adquiridos exclusivamente a micro, pequeñas y medianas industrias.
Que al convocar procesos de compra para adquirir los insumos necesarios para el correcto funcionamiento de estos programas.
Realicen convocatorias dirigidas exclusivamente a la agroindustria e industria nacional.
Siempre que en el mercado existan productores, industrias o fabricantes que demuestren tener capacidad para suministrarlos.
Uno de sus principales Requisitos es:
- Estar inscrita en el Registro Nacional del Contribuyente (RNC)
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