Terminación del contrato de trabajo: desahucio, despido y dimisión en República Dominicana.

 

En un mundo competitivo globalizado como el que vivimos hoy, unido por Internet y las TIC.

El capital humano es el factor que crea la mayor ventaja competitiva para las organizaciones.

Por lo tanto, es importante estudiar, distinguir claramente y definir, el tratado entre empleados  y empleadores.

El pacto  que se realiza libremente entre las partes, es considerado como un contrato de trabajo en nuestra jurisdicción.

Habiendo dicho que el contrato de trabajo puede extinguirse con o sin responsabilidad de ambas partes.

Despido Laboral

El despido laboral es la anulación de un contrato de manera unilateral por parte de la empresa.

En general el despido significa privar de ocupacion,empleo actividad o trabajo.

En nuestro país es  frecuente encontrar acuerdos entre el trabajador y la empresa para la prestación de un preaviso superior al descrito.

Dado del trabajo realizado por el colaborador, la necesidad de cerrar un proyecto, que será válido en el tanto sea aceptada por ambas partes.

Dimisión

En el derecho laboral dominicano existe una figura jurídica llamada dimisión.

La dimisión consiste en dimitir de su actual empleo con una justa causa.

Esto es, una renuncia justificada en el cual usted obtiene su auxilio de cesantia.

Lo opuesto a la dimisión es lo que comúnmente se le conoce como «renuncia» que no es mas que una dimisión injustificada.

En el cual pierde sus derechos de prestaciones laborales referentes al auxilio de cesantia y pre-aviso.

Código Dominicano

Según el Código de trabajo de la República Dominicana las causas por la cual el trabajador puede dar por terminado el contrato de trabajo, presentando su dimisión, pueden ser:

1. Por haberlo inducido a error el empleador, al celebrarse el contrato, respecto a las condiciones de éeste.

2. Por no pagarle el empleador el salario completo que le corresponde.

3. Por negarse el empleador a pagar el salario o reanudar el trabajo en caso de suspensión ilegal de los efectos del contrato de trabajo.