Milciades M. Franjul, Senador provincia Peravia, destacó que la ley de extinción de dominio es un mandato constitucional, ya que la Carta Magna expresa en su artículo 51 numeral 6 que: “La ley establecerá el régimen de administración y disposición de bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio, previstos en el ordenamiento jurídico”.

El proyecto que se encuentra en el Senado es el resultado de la fusión de tres iniciativas sobre este tema, las cuales fueron depositadas en el Congreso Nacional, lo que permitirá contar con una ley de extinción de dominio lo más completa posible, como esperan los dominicanos.

Señaló que la Comisión Bicameral que estudia el proyecto ha realizado seis reuniones, además de un taller con expertos internacionales con el propósito de profundizar más sobre la importancia y los beneficios que se generarían con una ley como esta.