El destacado comunicador, Manuel Estrella dijo este martes que la Procuraduría General de la República no está legalmente autorizada a establecer ni imponer multas por la violación a las restricciones de las libertades fundamentales del estado de emergencia.

Explicó que el art. 35 de la Ley núm. 107-13 sobre procedimientos administrativos condiciona el ejercicio de la potestad sancionadora de la Administración Pública.

Los violadores del to­que de queda enfrenta­rán desde ahora el pago de multas que van desde RD$1,000 hasta más de RD$100,000, de acuer­do a una escala estable­cida ayer por la Procu­raduría General de la República, la cual es­tá avalada por la Ley de Salud 42-01.