El decreto no solo permitirá el “libre tránsito” hasta la 1:00 de la madrugada en Nochebuena y el 31 de diciembre, sino que también modificó el anterior, que limitaba la circulación a partir de las 7:00 de la noche hasta las 5:00 de la madrugada.
Ahora, aunque establece que todos los negocios deben estar cerrados a esa hora, da la gracia de dos horas extras para transitar, es decir, hasta las 9:00 de la noche de lunes a domingo. Pero esa excepción es solo para que las personas puedan transitar hacia sus viviendas exclusivamente.