La Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional dispuso la variación de las medidas de coerción impuestas a varios imputados vinculados al caso de Los Tres Brazos. Entre los beneficiados figuran Leoncio Almánzar, José de Paul, Carlos Gómez, Juanis Gómez, Julio Gómez y Manuel Alvarado, quienes permanecían en prisión preventiva. Las nuevas disposiciones incluyen arresto domiciliario, vigilancia electrónica, impedimento de salida del país, retiro de pasaporte, presentación periódica y depósitos en efectivo que oscilan entre cinco y diez millones de pesos, según el nivel de vinculación atribuido a cada acusado dentro del proceso judicial.
La decisión ha generado reacciones encontradas entre distintos sectores. Mientras algunos grupos comunitarios y organizaciones expresaron su desacuerdo con la medida, otros sostienen que la prisión preventiva debe aplicarse únicamente cuando existan riesgos procesales concretos, como peligro de fuga, obstrucción de la investigación o amenaza para la sociedad. Juristas y analistas han recordado que la variación de una medida de coerción no implica el cierre del expediente ni una declaración de inocencia, sino una modificación de las condiciones bajo las cuales los imputados enfrentan el proceso.
El caso ha reabierto el debate sobre el uso de la prisión preventiva en República Dominicana y los efectos que esta puede generar sobre personas que aún no han recibido una condena definitiva. Diversos sectores consideran necesario fortalecer el equilibrio entre la protección del proceso judicial y el respeto a la presunción de inocencia. Mientras tanto, el Ministerio Público mantiene la acusación y continúa con la preparación de sus argumentos para las próximas etapas del proceso, donde corresponderá a los tribunales determinar responsabilidades y emitir una decisión final.