El Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana ha emitido una decisión declarando inadmisible el Recurso de Apelación presentado por Miguel Alberto Surún Hernández, ex candidato a diputado por la Circunscripción 1 de Santo Domingo Este por el Partido Fuerza del Pueblo. El recurso estaba dirigido contra la Resolución dictada por la Junta Electoral de Santo Domingo Este, relacionada con la solicitud de revisión de actas de colegios electorales y padrones de concurrentes que presentaban discrepancias.
La inadmisibilidad se fundamenta en que Surún Hernández no depositó copia de la resolución apelada, requisito necesario para que el Tribunal pueda pronunciarse sobre el fondo de las cuestiones planteadas. Esta decisión fue tomada por los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur.
Durante el proceso, el Tribunal también acogió la solicitud de exclusión de documentos presentada por la Junta Central Electoral en una audiencia pública el pasado 13 de junio de 2024. En consecuencia, se ordenó la exclusión de los documentos depositados el 7 de junio de 2024, que quedaron fuera del expediente.
Además, el Tribunal declaró el proceso libre de costas y dispuso que la sentencia se notifique a las partes a través de la Secretaría del Tribunal Superior Electoral, así como su publicación en el portal institucional correspondiente.
El Tribunal Superior Electoral es la máxima autoridad en materia contenciosa electoral en la República Dominicana, un órgano autónomo con sede en Santo Domingo de Guzmán, cuya jurisdicción abarca todo el territorio nacional.
Los recursos judiciales, como el presentado por Surún Hernández, son instrumentos legales utilizados para impugnar decisiones o resoluciones judiciales que no sean firmes, permitiendo así la revisión de dichas decisiones por instancias superiores.