La Cámara de Diputados aprobó este martes, en primera lectura, las modificaciones a 32 artículos de la Ley Orgánica 74-25 que conforma el Código Penal, luego de una semana de análisis en comisión y una extensa jornada de debates en el hemiciclo.
Las enmiendas abarcan aspectos relacionados con la difamación, el ultraje, la malversación de fondos públicos, la responsabilidad penal de las empresas y otras disposiciones de la normativa.
Durante la sesión, las bancadas de oposición expresaron su desacuerdo con la aprobación del proyecto. La Fuerza del Pueblo sostuvo que el proceso legislativo se realizó de manera apresurada y sin el nivel de discusión necesario para una legislación de esa magnitud.
En tanto, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) rechazó la iniciativa al considerar que mantiene la penalización total del aborto, uno de los puntos más controvertidos del proyecto.
Asimismo, legisladores opositores presentaron informes y votos disidentes, alegando que las modificaciones fueron conocidas con premura, lo que, a su juicio, limitó un análisis más profundo de su contenido.
Entre los principales cambios aprobados figura la reducción de la pena por difamación, que pasó a establecerse de uno a dos años de prisión, en lugar de la propuesta inicial que contemplaba sanciones de dos a cinco años.
En el caso del delito de ultraje, la nueva redacción dispone que solo será castigado con prisión cuando las ofensas, insultos o gestos estén dirigidos exclusivamente contra fiscales o jueces durante el desarrollo de procesos judiciales.
Otra de las modificaciones corresponde al artículo 303, que establece sanciones de cinco a diez años de prisión mayor para los casos de malversación de fondos públicos.
En cuanto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, los diputados aprobaron un período de adaptación para las empresas, cuyas disposiciones entrarán en vigor a partir de noviembre. La normativa establece que estas solo podrán ser perseguidas penalmente cuando hayan tolerado o obtenido un beneficio directo de un acto ilícito cometido por uno de sus empleados.
Tras esta aprobación en primera lectura, el proyecto deberá ser conocido nuevamente por el pleno de la Cámara de Diputados en segunda lectura. De ser sancionado de forma definitiva en esa ala legislativa, será remitido al Senado para continuar con el proceso constitucional.
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