La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) solicitó al Tribunal Superior Administrativo (TSA) imponer una astreinte de RD$5 millones por cada día de incumplimiento en caso de que las entidades accionadas desacaten una eventual orden judicial que disponga mantener la atención médica a los afiliados de Primera ARS y Futuro ARS.
La petición forma parte de la acción de amparo colectivo, acompañada de una solicitud de medida precautoria, depositada este jueves por la DIDA con el objetivo de evitar la suspensión de los servicios de salud a los afiliados o, en caso de que ya se haya producido, lograr su restablecimiento inmediato.
La institución también solicitó que la multa no sea fijada a su favor, sino en beneficio de la Cuenta Cuidado de la Salud de las Personas del Seguro Familiar de Salud, administrada por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), destinada exclusivamente al financiamiento de las prestaciones de salud de los afiliados.
El recurso fue presentado luego de que la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (ANDECLIP) anunciara la suspensión, a partir del 14 de julio, de consultas, procedimientos programados y otros servicios para los afiliados de Primera ARS y Futuro ARS, debido a un desacuerdo sobre las tarifas que estas administradoras pagan a los centros de salud privados.
La DIDA advirtió que esta medida podría afectar los derechos fundamentales a la salud y a la seguridad social de aproximadamente 1.4 millones de afiliados, quienes no forman parte del conflicto entre las clínicas y las ARS.
Asimismo, señaló que la exclusión de las emergencias y las unidades de cuidados intensivos no elimina el impacto de la suspensión, ya que entre los servicios programados se incluyen tratamientos oncológicos, sesiones de diálisis y el seguimiento de enfermedades crónicas y de alto costo, cuya interrupción puede generar consecuencias irreparables para los pacientes.
La institución recordó que la acción de amparo colectivo está contemplada en la Constitución y en la Ley 137-11 como un mecanismo para proteger de forma inmediata los derechos fundamentales frente a amenazas inminentes, y reiteró que la DIDA tiene la facultad legal de representar y asistir a los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Finalmente, la entidad hizo un llamado a ANDECLIP y a las ARS para retomar el diálogo y resolver el conflicto a través del Consejo Nacional de Seguridad Social y la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), sin afectar la atención de los usuarios. Además, exhortó a los afiliados que enfrenten negativas de servicio a comunicarse con su centro de asistencia telefónica, disponible las 24 horas del día, para recibir orientación y acompañamiento.
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