A partir del 6 de agosto de 2026, los agentes de la Policía Nacional de la República Dominicana y miembros de las Fuerzas Armadas que impidan a ciudadanos grabar procedimientos públicos podrían enfrentar penas de prisión de 15 días hasta un año, multas de hasta RD$20,000 y sanciones administrativas que incluyen suspensión de funciones o destitución definitiva, según lo establecido en el nuevo Código Penal Dominicano.
El jurista Amadeo Peralta explicó que la normativa también contempla cargos adicionales si el agente destruye celulares o cámaras, o agrede físicamente a la persona que realiza la grabación, acumulando delitos por daños a propiedad privada y lesiones.
Peralta hizo un llamado a las instituciones militares y policiales para que orienten a sus más de 100 mil miembros sobre las nuevas disposiciones legales y advirtió que “las ínfulas de poder tendrán consecuencias penales reales” una vez entre en vigencia la ley.
No obstante, aclaró que la normativa establece excepciones, ya que no será delito impedir grabaciones si el ciudadano interfiere directamente en el procedimiento oficial o pone en riesgo la integridad física del agente. Asimismo, indicó que la difusión de los videos requerirá el consentimiento de la persona intervenida.
El abogado también destacó que el nuevo Código Penal endurece las sanciones contra delitos como invasiones de terrenos y violaciones a la propiedad privada, incorporando nuevas modalidades de cumplimiento y acumulación de penas para combatir la impunid