Un hombre reaccionó airadamente tras ser multado por un agente de la Digesett en El Seibo, argumentando que la sanción se debió a que la placa de su vehículo no era completamente visible. Según el agente, identificado como el primer teniente Quezada, la medida fue tomada en cumplimiento de la normativa vigente que exige la visibilidad total de las placas vehiculares.

 

El incidente generó debate sobre la aplicación correcta de las normas de tránsito y el comportamiento de las partes involucradas. El artículo 165 de la Ley de Tránsito establece que las placas no deben estar ocultas ni obstaculizadas por objetos que dificulten su visibilidad. Esto implica que mientras un marco o adorno no interfiera con su claridad, no se incurre en violación de la ley, y el agente no tendría autoridad para sancionar. El caso pone en discusión la interpretación y aplicación de las normativas por parte de las autoridades, así como las reacciones de los ciudadanos ante estas medidas.