Llamado de la Superintendencia de Bancos a los ciudadanos, para que depositen su dinero y sus ahorros en instituciones financieras reguladas por las Autoridades Monetarias, a fin de preservar sus recursos en cualquier circunstancia, bajo el amparo de la Ley Monetaria y Financiera.

Para los depositantes de las entidades de intermediación financiera reguladas, la legislación indicada, en su artículo 64, literal c, instituyó el Fondo de Contingencia mediante el cual quedan garantizados los depósitos del público hasta RD$500,000 por ahorrante.

Esa protección no aplica para entidades no reguladas, es decir, aquellas empresas y personas físicas que captan depósitos sin estar debidamente autorizadas bajo la Ley Monetaria y Financiera, ni supervisadas por la Superintendencia de Bancos.