Uno de los derechos humanos reconocidos por la Constitución, es la libertad de tránsito, facultad que tiene toda persona de entrar, salir, viajar y mudar de residencia en el país, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes, enfatizando que el ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa.