SANTO DOMINGO, RD. – La ministra de Interior y Policía, Faride Raful, anunció este lunes la flexibilización temporal de los horarios de operación para diversos establecimientos comerciales durante la temporada navideña. La medida fue emitida mediante una resolución que modifica de manera provisional la normativa vigente establecida en la Resolución 001-2022, emitida conjuntamente por Interior y Policía y el Ministerio de Turismo.

De acuerdo con la disposición, restaurantes, clubes, centros de eventos, piano bares y casinos podrán operar con horarios extendidos durante todo el mes de diciembre. Los nuevos horarios autorizados son: de domingo a jueves, hasta las 3:00 de la madrugada, y viernes y sábado, hasta las 4:00 de la madrugada.

Sin embargo, como cada año, los colmados quedan excluidos de esta flexibilización y deberán mantener su horario habitual de cierre a las 12:00 de la medianoche.

La ministra también informó que los días 24 y 31 de diciembre, así como las madrugadas del 25 de diciembre y 1 de enero, no habrá límite de horario para la celebración de las festividades, permitiendo que las actividades se desarrollen sin restricciones de cierre.

Raful explicó que estas medidas buscan impulsar la actividad económica, turística y social propia de la época, garantizando al mismo tiempo la seguridad y el orden público en el país.

La funcionaria destacó que la medida será acompañada de refuerzos en seguridad, especialmente en zonas de alta afluencia, para prevenir altercados y garantizar que las celebraciones se desarrollen de manera segura. Además, se coordinará con las autoridades municipales y de tránsito para facilitar la movilidad en los principales centros urbanos durante las noches de mayor actividad.

Raful hizo un llamado a los empresarios y al público en general a respetar las normas sanitarias y de seguridad, recordando que el cumplimiento de los horarios y la regulación vigente es clave para disfrutar unas fiestas ordenadas y seguras. Asimismo, reiteró que estas flexibilizaciones se aplican únicamente a los establecimientos señalados, manteniendo la exclusión de los colmados y otros comercios menores.