Los conflictos por manutención infantil suelen intensificarse luego de una separación o divorcio, especialmente cuando no existen acuerdos claros entre las partes. En la República Dominicana, la pensión alimentaria constituye una obligación legal destinada a garantizar el bienestar de los menores, independientemente de la relación afectiva entre los padres. Aunque muchas parejas optan por separarse sin divorciarse formalmente, la responsabilidad económica permanece vigente desde el momento en que uno de los progenitores deja de convivir con el hijo, generando dudas frecuentes sobre cuándo y cómo debe exigirse.

La ley dominicana establece que la pensión alimentaria es fijada por un juez, quien evalúa el nivel económico del padre o madre obligado al pago. Este análisis considera ingresos, estilo de vida y capacidad real de cumplimiento. En casos donde existen pocos recursos, la normativa indica que la manutención no puede ser inferior al salario mínimo. Sin embargo, los conflictos aparecen cuando el responsable pierde su empleo, forma una nueva familia o incumple reiteradamente con el pago, provocando tensiones legales y emocionales entre las partes involucradas.

Ante el incumplimiento, el sistema judicial contempla medidas progresivas para asegurar el pago. Estas incluyen el descuento directo de hasta el cincuenta por ciento del salario, la incautación y subasta de bienes, e incluso prisión suspendida en situaciones graves. Además, la ley prohíbe salir del país a quien mantenga deudas por manutención, salvo que adelante pagos establecidos. Aunque el debate persiste sobre la duración de esta obligación, especialmente al llegar los hijos a la mayoría de edad, el principio rector sigue siendo la protección integral del menor como prioridad del Estado.