Desde este domingo entró en vigencia la Ley 84-25, Orgánica de Fiscalización y Control del Congreso Nacional, una normativa que fortalece las atribuciones del órgano legislativo para supervisar el uso de los fondos públicos y el desempeño de los funcionarios del Estado en la República Dominicana.
La legislación, considerada una de las leyes complementarias más relevantes de la Constitución proclamada en 2010, dota al Congreso Nacional de herramientas formales para citar, interpelar e investigar a servidores públicos que incumplan con sus responsabilidades o se nieguen a comparecer ante las comisiones legislativas.
Uno de los aspectos más llamativos de la Ley 84-25 es el establecimiento de sanciones penales por desacato. De acuerdo con la normativa, los funcionarios que obstruyan una investigación o ignoren una citación del Poder Legislativo podrían enfrentar penas de hasta un año de prisión, además de posibles consecuencias políticas como el voto de censura o procesos de juicio político en casos de faltas graves.
Aunque la ley fue promulgada en agosto del año pasado, su entrada en vigencia se produjo tras cumplirse el período de vacatio legis, con el propósito de permitir que las instituciones públicas se adecuaran a los nuevos procedimientos de control político y fiscalización.
Con esta normativa, el Congreso busca dejar atrás prácticas informales de “invitaciones diplomáticas” a funcionarios y establecer un marco jurídico obligatorio que refuerce la rendición de cuentas, el seguimiento a los contratos aprobados y la correcta ejecución del presupuesto del Estado.
Como parte del proceso de implementación, tanto el Senado como la Cámara de Diputados han iniciado jornadas de capacitación interna para adaptar sus comisiones de investigación al nuevo régimen de control establecido por la ley, en un contexto donde la ciudadanía reclama mayor transparencia en la gestión pública.