Pese a haber quitado la vida a una persona e herido a otras cinco con un arma blanca, Jean Andrés Pumarol Fernández no podrá ser condenado por la justicia dominicana, debido a que padece esquizofrenia. Así lo establece el artículo 64 del Código Penal, que excluye de responsabilidad penal a los acusados que al momento de cometer un hecho se encuentren en estado de demencia.
El caso ha generado conmoción pública no solo por la violencia del ataque, sino por el marco legal que impide una condena formal. Aunque el proceso penal continúa, la finalidad no será una pena carcelaria, sino una evaluación de medidas alternativas. De acuerdo con el artículo 233 del Código Procesal Penal, si mediante peritaje se comprueba que el imputado representa un peligro para sí o para otros, el tribunal puede ordenar su internamiento en un centro de salud mental.
El caso de Pumarol recuerda el de Ana Josefa García Cuello, la médico militar que el pasado agosto decapitó a su hija de seis años, también diagnosticada con esquizofrenia. A diferencia de Pumarol, García Cuello permanece en prisión preventiva desde hace casi un año, sin que se haya fijado audiencia preliminar ni evaluado formalmente su inimputabilidad. Para los familiares, esta diferencia de trato refleja una injusticia del sistema, que, según denuncian, ignora el sufrimiento de las personas con trastornos mentales y de quienes los rodean.
Jean Andrés Pumarol Fernández, de 30 años, está siendo evaluado desde tempranas horas en un centro de salud para determinar su condición psiquiátrica. Si se confirma su inimputabilidad, será absuelto penalmente y quedará sujeto a una medida de internamiento o tratamiento especializado, conforme lo determine el tribunal.