El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Napoleón Estévez Lavandier, advirtió al Poder Judicial que destituir a un juez por el contenido de sus sentencias constituye una violación al principio de independencia judicial, al presentar las memorias correspondientes al año 2025 en un acto solemne al que asistieron la vicepresidenta Raquel Peña, los presidentes del Congreso Nacional y el expresidente Leonel Fernández, entre otros invitados.

Durante su rendición de cuentas, Estévez Lavandier destacó que el TC alcanzó un récord histórico en la evacuación de expedientes. “En 2025 el Tribunal Constitucional recibió 1,820 expedientes de fondo y falló 1,809, lo que representa una capacidad de respuesta del 99.3%”, señaló.

Entre las decisiones más relevantes, el magistrado resaltó la sentencia que fija un precedente frente al órgano disciplinario de la Suprema Corte de Justicia, al establecer que ningún juez puede ser destituido por las decisiones emitidas en el ejercicio de su función jurisdiccional. “En virtud del principio de independencia judicial, las sentencias de un tribunal no pueden ser utilizadas como argumento legal para destituir a ese juez”, precisó.

Asimismo, recordó que el TC prohibió el uso de “motes” o apodos en los procesos judiciales, tanto por parte de las autoridades como de los medios de comunicación, al considerar que esa práctica vulnera derechos fundamentales y afecta la presunción de inocencia.

En otra sentencia de alto impacto, el Tribunal Constitucional advirtió que no se pueden interceptar teléfonos de jueces mediante reglamentos o actos administrativos, estableciendo que solo la Constitución y las leyes pueden habilitar ese tipo de medidas. “Ningún acto fuera del marco legal puede justificar la interceptación de comunicaciones de magistrados”, subrayó.

Estévez Lavandier concluyó asegurando que el Tribunal Constitucional, bajo su presidencia, no actuará de espaldas a los intereses de la patria ni a sus leyes, y reiteró el compromiso de la alta corte con la defensa del Estado de derecho y las garantías constitucionales en la República Dominicana.