Pese a una prohibición expresa del Tribunal Constitucional (TC), el Ministerio Público continúa utilizando apodos y denominaciones simbólicas para identificar expedientes de corrupción administrativa, práctica que de acuerdo con juristas constituye una violación a derechos fundamentales y un desacato a la más alta corte del país.
Desde 2020, nombres como Pulpo, Antipulpo, Calamar, Coral, Medusa, entre otros, se han convertido en etiquetas mediáticas para referirse a procesos judiciales de alto perfil. Más recientemente, “Nido” y “Cobra” se han sumado a la lista. Sin embargo, en abril de este año, la sentencia TC-0225/25 prohibió explícitamente esta práctica, al determinar que vulnera la presunción de inocencia, la dignidad humana, el derecho al honor y el buen nombre de los procesados.
El abogado constitucionalista Fredermiro Ferreras aseguró que la desobediencia no sorprende, pues —según afirma— desacatar decisiones del Tribunal Constitucional “se ha vuelto costumbre” en la administración pública.“Recordemos que hay más de 200 decisiones del Tribunal Constitucional que el Gobierno y distintas instituciones públicas simplemente no cumplen”, sostuvo.
Ferreras atribuye la reincidencia al hecho de que el propio Tribunal Constitucional no aplica sanciones efectivas que obliguen a ejecutar sus sentencias.“El TC no impone astreintes ni sanciones directas a los funcionarios que desacatan sus decisiones, aun cuando los abogados las solicitamos”, explicó.
Otros juristas consultados tienen una visión distinta, señalando que, aunque el uso de sobrenombres puede resultar irrelevante para algunos, existen casos más graves donde sí se han incumplido decisiones judiciales de manera abierta.“El TC tiene la última palabra, y cuando se ordena, por ejemplo, el reintegro de policías y no se cumple, estamos ante un verdadero desacato”, afirmó uno de los expertos.
La sentencia que originó el debate fue emitida tras una acción interpuesta por el exprocurador Jean Alain Rodríguez, principal imputado en el caso Medusa, quien alegó que el uso de estos nombres afectaba sus derechos fundamentales.
Hasta el momento, el Ministerio Público no ha ofrecido una explicación sobre por qué persiste en utilizar estas denominaciones pese a la prohibición constitucional. Entretanto, el debate continúa sobre el alcance del desacato y el impacto de estas prácticas en la justicia dominicana.