En una decisión histórica y polémica el Senado aprobó el nuevo Código Penal que excluye el incesto como tipo penal específico, lo que significa que, legalmente, ya no podrá ser procesado como tal. La pieza fue aprobada por 26 votos a favor y uno en contra, y ahora solo resta la promulgación del presidente Luis Abinader, quien se espera firme la ley en los próximos días.

Con esta reforma, los delitos de abuso sexual dentro del núcleo familiar perderán su nombre propio en la legislación, lo que representa un retroceso grave según organizaciones de derechos humanos y defensores de la niñez. Para el 2023, la Procuraduría General había documentado más de 500 denuncias por incesto, un promedio de más de un caso diario. Sin embargo, expertos estiman que entre un 70 % y 90 % de los casos no se denuncian, por miedo, estigmas o presión familiar.

Segundo país más desigual de la región y primero en silenciar legalmente el abuso, República Dominicana celebra en papel un avance que muchas voces consideran una tragedia. Activistas, periodistas y sectores sociales han llamado la reforma “el código de la hipocresía”, argumentando que invisibilizar una realidad no es lo mismo que combatirla.

“Ya no habrá incesto… porque ya no existirá como delito”, ironizó una comunicadora al cierre de su editorial. Pero las víctimas, alertan muchos, seguirán existiendo.

Diversas organizaciones feministas y de protección infantil han calificado la reforma como “una afrenta a la dignidad de las víctimas” y acusan al Congreso de legislar desde una visión conservadora que prioriza intereses religiosos y políticos por encima de los derechos humanos. “No es un descuido, es una decisión deliberada para proteger agresores en el seno familiar”, expresó la vocera de la Coalición Ni Una Menos RD.

Mientras tanto, senadores que apoyaron la pieza aseguran que el incesto podrá ser perseguido bajo otras figuras penales como abuso sexual o violencia intrafamiliar. Sin embargo, juristas advierten que esta omisión generará vacíos legales que podrían facilitar la impunidad, especialmente cuando los agresores sean ascendientes directos o tutores. “No es lo mismo, ni jurídicamente ni simbólicamente”, puntualizó la abogada penalista Ruth Díaz.