Propietarios podrán embargar bienes a inquilinos morosos según nueva ley de alquileres.
La Cámara de Diputados se apresta a conocer un proyecto de ley que podría cambiar radicalmente las relaciones entre propietarios e inquilinos en República Dominicana.
La iniciativa, impulsada por el presidente de la Cámara, Alfredo Pacheco, establece que, en caso de mora, el dueño de una vivienda pueda ejecutar un embargo retentivo sobre los bienes del inquilino para garantizar el pago del alquiler atrasado. La medida solo se aplicará si existe un contrato formal y un acto de intimación previo.
El proyecto de Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios fue estudiado por una comisión especial durante más de cuatro meses. En su artículo 17, se detalla que los propietarios podrán solicitar medidas adicionales ante el juez de paz para asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
El embargo retentivo, según el Código de Procedimiento Civil, permite retener bienes o fondos del deudor como garantía hasta que se resuelva el conflicto judicial.
Sin embargo, el proyecto también contempla protecciones para los inquilinos. Si un propietario se retrasa en la devolución del depósito al finalizar el contrato, el arrendatario podrá recurrir al mismo tipo de embargo para reclamar su dinero.
Además, la nueva legislación obligaría a colocar los depósitos en un banco cercano al inmueble alquilado, notificando al Ministerio de Vivienda para fines de control y estadísticas habitacionales.
Esta propuesta legal busca llenar un vacío normativo en el país, regulando los contratos de arrendamiento, los procesos de desalojo y las competencias de los juzgados de paz en materia de vivienda.
Su aprobación podría representar un cambio significativo en la protección y responsabilidades de ambas partes, en un mercado donde actualmente los conflictos suelen resolverse de forma desigual y con escasa supervisión judicial.