Participación Ciudadana reconoce la prohibición de realizar actividades inaugurales solo 60 días antes de las elecciones y hace un llamado al presidente y demás autoridades para que se abstengan de llevar a cabo eventos de esta índole, ya que “claramente van en contra de la equidad electoral que establece la Constitución”.
La Ley No. 20-23 de Régimen Electoral es explícita en su artículo 210, párrafo VI, al prohibir las inauguraciones municipales 40 días previos a los comicios de febrero y las inauguraciones presidenciales 60 días antes de las elecciones de mayo. Participación Ciudadana destaca la distinción entre las inauguraciones municipales y las del Gobierno central, resaltando los plazos diferenciados para ambas, según lo establecido en la legislación.
La organización señala que el calendario electoral de la Junta Central Electoral (JCE) “contiene un error”, al indicar el 20 de marzo como “límite para la realización de actos inaugurales del Gobierno y alcaldías”, ya que las elecciones municipales ya habrán sido celebradas en el mes anterior. Por lo tanto, según la ley, dicho límite de marzo corresponde claramente a las inauguraciones del Gobierno central.
Sin embargo, añade, la realidad es que tales actividades inaugurales, tanto las del Gobierno central como la de las alcaldías, se realizan con fines claramente electorales.
Participación Ciudadana
Participación Ciudadana es un movimiento cívico no partidista y el capítulo dominicano de Transparencia Internacional, constituido el 31 de octubre de 1993.
Dentro de sus objetivos están:
- Incidir en la reducción de la corrupción y la impunidad, promoviendo la transparencia y la rendición de cuentas.
- Contribuir al fortalecimiento institucional del país con el cumplimiento de leyes y reformas aprobadas.
- Fortalecer y ampliar la criticidad, la participación y capacidad de movilización de la ciudadanía en los procesos de institucionalización democrática con énfasis en la formación de líderes políticos y sociales.
- Contribuir al proceso de fortalecimiento del sistema judicial con vigilancia al reconocimiento, preservación y respeto de los derechos ciudadanos, con énfasis en el derecho de acceso a la justicia y la municipalidad.
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