Durante una intervención en el programa Con los Famosos, la abogada de inmigración Perla Abreu explicó un aspecto poco conocido del proceso migratorio en Estados Unidos relacionado con las peticiones de residencia cuando el cónyuge ciudadano fallece. Según indicó, en la mayoría de los casos, cuando el peticionario muere, el proceso migratorio queda anulado. Sin embargo, existe una excepción conocida como petición de viuda o viudo, que permite continuar el proceso bajo ciertas condiciones legales.
La especialista detalló que una persona puede solicitar por sí misma la residencia si era cónyuge de un ciudadano estadounidense y el matrimonio tenía al menos dos años antes del fallecimiento. Además, la solicitud debe presentarse antes de que se cumplan dos años de la muerte del ciudadano. Este procedimiento permite que el viudo o viuda continúe con el trámite migratorio de manera independiente, siempre que pueda demostrar la legitimidad del matrimonio y presentar documentos clave, como el acta de defunción y pruebas de la relación.
Durante el segmento también se ofrecieron recomendaciones para quienes tienen trámites pendientes ante el Centro Nacional de Visas o ante el Consulado de Estados Unidos. La abogada advirtió que los solicitantes no deben presentarse a una entrevista si no cuentan con todos los documentos requeridos, especialmente los exámenes médicos, ya que el oficial consular podría cancelar o posponer la cita. Asimismo, recordó que todos los procesos consulares requieren una cita formal y que es importante revisar constantemente el correo electrónico registrado para evitar retrasos en la entrega de documentos o pasaportes.