El comunicador Julio Martínez Pozo criticó con firmeza la decisión de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos de suspender por 20 días al locutor Álvaro Arvelo hijo, calificando la medida como desfasada e inconstitucional. Durante su análisis, señaló que dicha comisión responde a una realidad administrativa que ya no existe y que sus actuaciones carecen de sustento legal dentro del marco democrático actual.

Martínez Pozo explicó que el precedente se había advertido previamente, recordando sanciones pasadas que también se aplicaron sin base jurídica clara. A su juicio, la falta de acción oportuna por parte de las autoridades permitió que la comisión se fortaleciera de manera indebida, derivando en decisiones que considera arbitrarias. Indicó que el Estado fue alertado del riesgo institucional que implicaba mantener una entidad administrativa con capacidad sancionadora sobre la libre expresión, sin que se tomaran correctivos.

Respecto al fondo del caso, sostuvo que las expresiones atribuidas a Arvelo constituyen juicios de valor, los cuales pueden ser debatidos o rechazados socialmente, pero no sancionados legalmente. Enfatizó que opinar sobre aspectos históricos o personales de figuras públicas no configura un delito, siempre que no exista violación expresa a la ley. Asimismo, afirmó que aludir a la orientación sexual —real o supuesta— de una persona no puede considerarse denigrante en el contexto del siglo XXI. Finalmente, señaló que la historia debe analizarse de forma crítica, reconociendo tanto los aportes como las contradicciones humanas de sus protagonistas, sin que ello implique irrespetar los símbolos nacionales ni restringir el debate histórico.